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Ley 679 de 2001

Ley 679

Ley 1336 de 2009

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Circular Externa 08

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Resolucion 19012 de la SIC de 2020

Resolucion 19012 SIC

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Decreto



Ley 679

Medios de Denuncia para prevenir la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores de edad

Ley 679 https://contecom.co/normatividad/ley_679_2001.pdf (Muy importante que este el link de la ley)

Medios y numeros para denunciar

Nos unimos a la ley 679 expedida por el Congreso de la República el 3 de agosto de 2001, para prevenir la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores de edad: Por mandato de la Ley 679 de 2001, «todas las personas deben prevenir, bloquear, combatir y denunciar la explotación, alojamiento, uso, publicitación, difusión de imágenes, textos, documentos, archivos audiovisuales, uso indebido de redes globales de información, o el establecimiento de vínculos telemáticos de cualquier clase relacionados con material pornográfico o alusivo a actividades sexuales de menores de edad, por cuanto podría generar responsabilidad de tipo penal».

Esta ley se expidió con base en el artículo 44 de la Constitución Política y su objetivo primordial es proteger a los niños de la explotación y el abuso sexual y velar por que tengan un desarrollo sano e integral. Las empresas vinculadas a la Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones CCIT y al NAP Colombia nos unimos a la campaña organizada por el Gobierno Nacional contra la pornografía infantil.

Denuncia en:

Fiscalia General de la Nacion

Teléfono: 01 800 0912280
e-mail: contacto@fiscalia.gov.co
https://www.fiscalia.gov.co/colombia/

Ministerio de las tecnologias de la Informacion y las comunicaciones

Teléfono: 01 800 0912667
https://www.mintic.gov.co/portal/inicio/Atencion-y-Servicio-a-la-Ciudadania/

Direccion Central de Policia Judicial – DIJIN Grupo Investigativo Delitos Informaticos

Teléfono: PBX: 426 6900 Ext. 6301-6302
Carrera 77A # 45-61 Barrio Modelia Bogota D.C.
https://www.policia.gov.co/denunciar-delitos-informaticos

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Teléfono: 01 8000 918080
En Bogota Línea 141
https://www.icbf.gov.co

Personeria de su Ciudad

En Bogota D.C.
Linea 143
https://www.personeriabogota.gov.co/al-servicio-de-la-ciudad/peticiones-quejas-reclamos-sugerencias-denuncias-y-felicitaciones

Centro Cibernetico Policial

https://caivirtual.policia.gov.co/

Te Protejo (Red Papaz y MinTIC)

https://www.teprotejo.org

Conexiones Tecnologicas y Comunicacion S.A.S.

En cualquiera de nuestros canales de comunicacion daremos traslado a las entidades anteriormente publicadas



Resolucion SIC 19012 de 2020

 

https://contecom.co/normatividad/Resolucion19012_SIC.pdf (Importante link de la resolucion)

 

Sr(a) suscriptor

En cumplimiento de la Resolución 19012 de la SIC, nos permitimos trasmitirle la siguiente

información:

  1. Podrá presentar sus PQRs desde la comodidad de su hogar en nuestra página web:

www.contecom.co, en nuestra línea telefónica 300 912 0669 o al correo electrónico

quejasyreclamos@contecom.co en el horario de 8:00 am a 6:00 pm los 7 días de la

semana. Prevenir el contagio del COVID19 está en sus manos

  1. Recuerde que puede presentar solicitudes de cesión del contrato, garantía y soporte del

equipo terminal en nuestra página web: www.contecom.co. Evitar el contagio del

COVID19 depende de todos

  1. Podemos enviarle la factura por correo electrónico si usted no cuenta con un correo

electrónico podrá consultar su saldo a pagar en el link de pagos de la pagina web

  1. En caso de reporte de hurto y fallas en el servicio podrá reportarlos a los medios

anteriormente mencionados las 24 horas del día por medios electrónicos

  1. Señor usuario podemos darle respuesta a sus PQRs por medios digital, si no tiene un

correo electrónico le haremos llegar la respuesta física a la dirección de instalación del

servicio.

  1. Desde el 17 de abril de 2020 y hasta el 31 de mayo de 2020, no le generaremos cobros de

intereses de mora por las sumas que no sean pagadas oportunamente, siempre y cuando

las mismas estén asociadas a sus servicios de internet y televisión por suscripción. Esto no

implica la condonación de las sumas que usted nos adeuda.

  1. Señor usuario si tiene algún inconveniente con su facturación, terminación y/o

modificación del contrato, suspensión, cambio de plan, mensajes de contenidos y

aplicaciones, negativa del contrato o cualquier petición asociada a la prestación del

servicio, recuerde contactarnos ya que somos el primer canal para darle una solución. Si

no obtiene oportuna respuesta por parte nuestra, puede dirigirse ante la

Superintendencia de Industria y Comercio. Recuerde que los plazos para dar respuesta a

sus peticiones, quejas, reclamos o recursos (PQR), no han sido modificados.

Saludos,

Su operador de telecomunicaciones

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